Fecha de fin de realización de la partida presupuestaria. Dato obligatorio a entrar.
- La fecha de fin de una partida anual no puede ser superior a la fecha de fin del ejercicio fiscal. La fecha de inicio y la fecha de fin se pueden modificar en el marco del ejercicio presupuestario, con modificación automática de la fecha de inicio y de fin del presupuesto del ejercicio. Tras la aprobación, se autoriza la modificación de las fechas de inicio y de fin.
- Se puede modificar la fecha de fin de una partida plurianual, antes o después de la aprobación, para tener en cuenta un desajuste en el tiempo. El extender la fecha de fin conlleva la creación o la actualización de nuevos presupuestos por ejercicio. La disminución de la fecha de fin, que tiene como efecto la supresión de un presupuesto por ejercicio, sólo se autoriza con tal de que este presupuesto no esté aprobado y no contenga líneas presupuestarias. La modificación de fechas sin impacto sobre la creación o la supresión de un presupuesto por ejercicio se realiza en las mismas condiciones que para las partidas anuales, es decir mediante la modificación de las fechas de los presupuestos correspondientes.