Este campo permite indicar si el cierre debe realizarse para el período en curso del ejercicio « en curso » o del ejercicio « siguiente ».
Accesible sólo si se reúnen las siguientes condiciones :
1/ / El ejercicio en curso y el ejercicio siguiente están desglosados en períodos.
2/ El período en curso del ejercicio en curso debe ser el último del ejercicio y debe haber sido realizado un "Cálculo periódico real" para este período.
3/ Un " Cálculo periódico real " debe haber sido realizado para el período encurso del ejercicio siguiente.
Por defecto, el cierre siempre se realiza en relación al ejercicio en curso.