Ayuda de campo (TAXCOEFAS) 

El coeficiente de tributación refleja el principio según el cual, en las operaciones imponibles, solo se puede deducir el impuesto de los bienes o servicios utilizados en operaciones con derecho a deducción.
Su valor, que permite determinar el coeficiente de deducción de IVA y la tasa de IVA repercutido, debe estar comprendido entre 0 y 1 (0 y 1 incluidos).
Cuando el bien o el servicio se utiliza (total o parcialmente) en operaciones imponibles con derecho a deducción, es igual a 1.
Cuando el bien no se utiliza en operaciones con derecho a deducción, es igual a 0.
En modo creación, se alimenta automáticamente con el coeficiente de tributación temporal asociado al sector de IVA introducido, pero se puede modificar. Si se modifica, se considera un valor forzado (como los bienes asignados a un sector de actividad determinado que se pueden utilizar en varios sectores).
Si no se introduce ningún sector de IVA, se inicializa con el valor 1 y se puede modificar.
Este coeficiente se actualiza mediante el proceso de Regularización de IVA con el coeficiente anual definitivo definido para el sector de actividad correspondiente. También se puede forzar.
Observación:
Si se ha forzado, seleccione Recalcular con la aplicación desde el icono Acciones del campo para cancelar la entrada y recuperar el coeficiente temporal asociado al sector de actividad o, si no se ha introducido ningún sector de IVA, el valor 1.