Utiliza este parámetro para gestionar los bienes contables, para determinar los valores de la amortización al principio de un nuevo ejercicio o al instalar el software por primera vez.
No: los valores de la amortización acumulados del ejercicio anterior se mantienen a principios del siguiente.
Sí: este parámetro suele utilizarse solo la primera vez que se instala el software, pues permite recuperar los bienes anteriores a la fecha de inicio del ejercicio. Una vez que estos datos se han recuperado, cambia el parámetro a No para evitar modificaciones en los valores de la amortización acumulados.
El valor seleccionado también influye en las siguientes acciones.
Creación de un bien
No: se aplican las siguientes condiciones:
La fecha de contabilización debe ser posterior o igual a la fecha de inicio del ejercicio en curso.
Si el acumulado de la amortización del ejercicio anterior equivale a cero (0), el valor de la amortización no podrá volver a calcularse.
Si la fecha de inicio de la amortización es anterior a la fecha de inicio del ejercicio en curso, el acumulado de la amortización del ejercicio anterior equivale a cero y el campo DPRCUMFLG de la tabla DEPREC - Dotación tiene asignado el valor Sí:
La dotación que haya tenido que practicarse sobre el ejercicio anterior se regularizará en el periodo actual del ejercicio en curso. Esta regularización mejorará la dotación de este periodo.
Sí: se aplican las siguientes condiciones:
La fecha de contabilización no se controla.
Si la fecha de inicio de la amortización es anterior a la fecha de inicio del ejercicio en curso, se vuelve a calcular el acumulado de la amortización a finales del ejercicio anterior (el campo DPRCUMFLG debe tener asignado el valor No).
Recuperación de un bien anterior al ejercicio (por introducción o importación)
Sí: podrían darse dos situaciones:
1. La fecha de imputación contable es anterior a la fecha de inicio del ejercicio en curso:
Al calcular el bien, la diferencia de amortización se ajusta naturalmente al final de la amortización si el bien se amortiza a partir de la base de amortización o se ajusta a la duración residual si el bien se amortiza a partir del valor neto.
2. La fecha de imputación contable es posterior a la fecha de inicio del ejercicio en curso:
La diferencia de amortización se ajusta automáticamente en el periodo actual del ejercicio en curso, independientemente del modo de amortización. Esta regularización mejorará la dotación de este periodo.
Supresión de un bien
No: un bien no puede suprimirse si:
La fecha de contabilización es anterior a la fecha de inicio del ejercicio en curso:
Cuando el contexto es Contable y fiscal y el tipo de posesión es En propiedad o En concesión.
Cuando el contexto es IAS/IFRS y el tipo de posesión es En leasing o En alquiler.
El acumulado de la amortización del ejercicio anterior no equivale a cero.
Las amortizaciones dentro del intervalo Fecha de inicio del ejercicio en curso - Fecha de fin del periodo en curso ya se han contabilizado.
Sí: La supresión de un bien contable no se controla.
Este parámetro está definido a nivel Sociedad.Pertenece al capítulo AAS (Inmovilizados) y al grupo FAS (Inmovilizados),Los parámetros siguientes se encuentran también asociados a este capítulo y grupo :
Ninguna variable global está asociada con el.
Las funciones siguientes son relativas a este parámetro :
Inmovilizados > Inmovilizados > Bienes contables