La fecha de contabilización debe ser (tanto en creación como en modificación):
- Posterior o igual a la fecha de compra.
- Posterior o igual a la fecha inicial de los ejercicios en curso, si no se puede reconsiderar la situación anterior (parámetro PRVSITUPD - Modif. situación anterior).
Si el modo de amortización está parametrizado para utilizar la fecha de contabilización como fecha inicial de amortización, esta fecha se traslada a las fechas iniciales de amortización de todos los planes.
Si el bien está formado por inmovilizaciones de gastos, este campo se completa en creación con la fecha de factura del gasto principal, pero se puede modificar.